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En nuestra firma somos abogados especialistas en pensiones de invalidez, si tiene alguna de estas dudas, consúltanos. ¿Cuánto es el porcentaje en la pérdida de capacidad laboral que debo tener para acceder a la pensión por invalidez? ¿La pensión por invalidez se paga sobre el 100% del salario básico, o se paga sobre un porcentaje inferior? ¿Si he tenido alguna enfermedad o accidente laboral puedo solicitar la pensión por invalidez?
Trabajar dignifica nuestra vida y permite que podamos sustentar nuestras necesidades básicas y las de nuestras familias, sin embargo, hay situaciones en el trabajo, o en nuestra cotidianidad, que pueden provocar en nosotros alguna afectación corporal, es en este punto donde nuestra capacidad para trabajar se reduce.
Cuando perdemos capacidad en nuestras funciones como trabajador, o como persona, es necesario, y vital, preguntarnos si podemos acceder a una pensión por invalidez.
¿Qué es una pensión por invalidez?
Este tipo de pensión es una prestación económica que se le paga a aquellos trabajadores que han perdido su capacidad laboral, esta perdida de capacidad tiene su origen por accidente de trabajo, enfermedad profesional, accidente no laboral y enfermedad común.
Para la procedencia de la pensión por invalidez se requiere una pérdida de capacidad laboral mínima del 50%.
La Administradora de Riesgos Laborales es quien debe efectuar el reconocimiento de la pensión de invalidez cuyo origen sea por razones inherentes al trabajo, cuando la invalidez se presenta por causas comunes es la Administradora de Fondo de Pensiones quien debe reconocer la prestación.
Beneficios de la pensión por invalidez
Con la pensión por invalidez se dignifica la vida de la persona, ya que se le garantiza la no exposición a factores que atenten contra su vida y salud; así mismo la persona, después de verse afectada su salud, podrá retomar su vida con calma y con el apoyo médico necesario, aunque lo ideal es que la persona, o el trabajador, pueda gozar de todas sus facultades corporales, mentales y emocionales en aras de que tenga una mejor calidad de vida.
Requisitos para la pensión por invalidez de origen laboral
- El trabajador debe estar afiliado a la ARL -Administradora de Riesgos laborales-
- Se requiere que el trabajador haya perdido el 50% o más de su capacidad laboral.
Requisitos para la pensión por invalidez por riesgo común
- Si la edad del afiliado es inferior a los 20 años debe contar con un mínimo de 26 semanas cotizadas durante el año anterior a la fecha en que se confirme la invalidez.
- Si la edad del afiliado es superior a los 20 años debe contar con un mínimo de 50 semanas cotizadas dentro de los últimos 3 años a la fecha de confirmación de la invalidez.
- Si el afiliado cotizó por lo menos el 75% de las semanas necesarias para aprobar la pensión de vejez, solo se le solicitará las 25 semanas cotizadas en los últimos 3 años.
- El dictamen médico debe arrojar un margen de pérdida de capacidad igual o superior al 50%, determinando de esta manera la invalidez del trabajador por causa laboral.
Cuánto me corresponde de pensión por invalidez de origen laboral
La pensión por invalidez de origen laboral se determina acorde al grado de discapacidad o invalidez del trabajador o afiliado, en los siguientes casos:
- Si la invalidez presenta un margen superior al 50% e inferior al 66% tendrá entonces derecho a una pensión de invalidez cuya equivalencia sea del 60% del ingreso base de liquidación.
- Si la invalidez es superior al 66% tendrá el trabajador derecho a una pensión de invalidez del 75% del ingreso base de liquidación.
- Si la persona requiere del auxilio de terceros para realizar acciones y actividades cotidianas, el monto de la pensión será de cerca del 90% del ingreso base de liquidación.
Cuánto me corresponde de pensión por invalidez de origen común, nuestros abogados te ayudarán
A diferencia de la invalidez por origen laboral este tipo de pensión debe cuantificarse de acuerdo con las semanas cotizadas por el afiliado.
- Basados en un 45% del ingreso base de liquidación, sumando el 1.5% de tal ingreso por cada 50 semanas de cotización que el afiliado acredite con posterioridad a las primeras 500 semanas de cotización en el caso de que su capacidad laboral sea del 50% o inferior al 66%.
- Basados en un 54% del ingreso base de liquidación, sumando el 2% de este ingreso por cada 50 semanas de cotización que el afiliado acredite con posterioridad a las primeras 800 semanas de cotización en el caso de que su capacidad laboral sea igual o superior al 66%.
La pensión por invalidez de origen común no puede superar el 75% del ingreso base de liquidación y esta no podrá ser inferior al salario mínimo legal mensual vigente, llama a nuestros abogados especialistas en pensiones de invalidez.
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Razones para contratar a nuestros abogados especialistas en pensiones de invalidez
Cualquier afectación de carácter corporal, mental y emocional y que afecte a la persona en la realización de sus actividades puede traer consigo el beneficio de la pensión por invalidez.
Nuestra firma de abogados está atenta para escucharte, para ello es importante que tengas en cuenta que:
- Recibirás una orientación adecuada en cuanto a la cantidad de semanas cotizadas o en cuanto al pago que deber realizar la entidad que te debe pagar la pensión por invalidez sea laboral o común.
- La calidad de nuestro servicio tiene sus cimientos en la experiencia y el conocimiento de nuestros abogados en materia de pensión por invalidez.
- Nuestro equipo de trabajo lo constituyen profesionales íntegros y con un alto grado de responsabilidad.
- Orientamos nuestras acciones hacia el éxito de nuestros clientes, garantizando una correcta delimitación de los procesos a seguir.
- Valoramos la persona como eje de nuestra actividad jurídica.
- Hacemos un seguimiento constante a las acciones que emitimos en aras de concretar procesos.
Nuestras acciones jurídicas tienen un componente que se llama compromiso y responsabilidad de las mismas, ¡contáctanos!.